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Legislación Internacional

Convención sobre los Derechos del Niño (1989)

  • Artículo 23: Reconoce los derechos de los niños con discapacidades, asegurando que tengan acceso a una vida plena y decente, en condiciones que les garanticen dignidad, autonomía y la participación activa en la sociedad.
  • Artículo 28: Establece el derecho de todos los niños a la educación, promoviendo el acceso igualitario a oportunidades educativas.

Aplicación: Aunque no menciona específicamente la dislexia, este documento aboga por la inclusión educativa, garantizando el apoyo necesario para niños con dificultades específicas de aprendizaje.


Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006)

  • Artículo 24 – Educación:
    • Garantiza el acceso de las personas con discapacidad a una educación inclusiva de calidad.
    • Exige ajustes razonables y medidas de apoyo individualizado para maximizar el desarrollo académico y social.
    • Promueve la formación docente en estrategias inclusivas.

Relevancia: Esta convención incluye a personas con dificultades específicas de aprendizaje, como la dislexia, bajo el principio de inclusión y ajustes razonables en el sistema educativo.


Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)

  • Artículo 26: Establece que toda persona tiene derecho a la educación, orientada al pleno desarrollo de la personalidad humana y al fortalecimiento del respeto a los derechos humanos.

Implicación: Promueve el acceso igualitario a la educación sin discriminación, incluyendo la atención a las necesidades de aprendizaje.


Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad (1982)

  • Enfatiza la necesidad de eliminar barreras y promover la igualdad de oportunidades para personas con discapacidades en todos los ámbitos, incluida la educación.

Impacto: Aunque no menciona específicamente los trastornos de aprendizaje, establece la base para desarrollar políticas inclusivas.


Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (2015)

  • Objetivo de Desarrollo Sostenible 4 (ODS 4): Educación de calidad:
    • Asegura que todos los niños, incluidos aquellos con necesidades especiales, tengan acceso a una educación inclusiva y equitativa de calidad.
    • Promueve oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida.

Relevancia: Este objetivo incluye explícitamente la necesidad de abordar las barreras que enfrentan los estudiantes con dificultades específicas de aprendizaje.


Convención de la UNESCO contra la Discriminación en la Educación (1960)

  • Establece el derecho de todas las personas a la educación sin discriminación de ningún tipo, incluyendo la discapacidad y las dificultades específicas de aprendizaje.

Implicación: Ofrece un marco para luchar contra la exclusión educativa de estudiantes con dislexia y otros trastornos del aprendizaje.


Observación General Nº 4 del Comité de Derechos de las Personas con Discapacidad (2016)

  • Ofrece directrices detalladas sobre cómo implementar la educación inclusiva.
  • Establece que los Estados Parte deben proporcionar recursos adecuados, formación docente y ajustes razonables para satisfacer las necesidades de aprendizaje de todos los estudiantes, incluyendo aquellos con dislexia y trastornos de aprendizaje.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) aborda las dificultades específicas de aprendizaje, como la dislexia, en sus clasificaciones y publicaciones. A continuación, se destacan las principales referencias:

Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE):

  • CIE-10: En esta versión, la OMS define la dislexia como un «trastorno específico de la lectura», caracterizado por una dificultad significativa en el desarrollo de las habilidades lectoras que no puede explicarse únicamente por la edad mental, problemas de precisión visual o una escolarización inadecuada.

  • CIE-11 (publicada en 2022): La undécima revisión de la CIE incluye los «trastornos del desarrollo del aprendizaje» (código 6A03) dentro de los trastornos del neurodesarrollo. Esta categoría abarca dificultades en áreas académicas como la lectura, la escritura y las matemáticas, reconociendo la dislexia como una manifestación específica.

  • Convención sobre los Derechos del Niño y Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: Estos tratados internacionales, ratificados por numerosos países, subrayan la obligación de los Estados de proteger y promover los derechos de las personas con discapacidad, incluyendo aquellas con dificultades específicas de aprendizaje.

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