La Federación Española de Dislexia y otras dificultades específicas de aprendizaje, precisa aclarar que las faltas ortográficas, no deben ser penalizadas en las distintas etapas educativas, puesto que no tendría sentido alguno, que en pruebas de acceso a la Universidad, no se tenga en consideración dichas faltas, y si se estén penalizando en el resto de etapas educativas, con el consiguiente menosprecio a los derechos de las personas con dislexia y/o otras dificultades específicas de aprendizaje, que tienen garantizados en los Artículos 71 y 72 de la Ley Orgánica de Educación.
En conclusión, la penalización de las faltas de ortografía, no garantiza la igualdad de condiciones y oportunidades que el resto del alumnado.
Anexo a este documento se adjuntan dos de los informes técnico-jurídicos que se presentaron a las Universidades para que no se tuvieran en cuenta las faltas ortográficas.